Tal como he venido haciendo en post anteriores y por supuesto como lo prometido es deuda, hoy pretendo traer el texto de las cláusulas 3 y 4 del Proyecto de Contrato Colectivo de Cameron Venezolana que discutimos este año, y un por supuesto como de costumbre un vídeo de mi canal de Youtube para aquellos que están mas ocupados y tienen tiempo de leer artículos muy extensos.
CLÁUSULA 3. MARCO DE LAS RELACIONES ENTRE LAS PARTES
Las partes manifiestan su expresa voluntad de entenderse de forma
espontánea y de común acuerdo bajo las siguientes premisas básicas, que no son
más que los intereses comunes que han de ser preservados para que los clientes,
accionistas, trabajadores y trabajadoras satisfagan sus expectativas, en el
marco de las estrategias definidas por el negocio:
1.- La empresa debe ser capaz de vender sus productos, fabricarlos,
entregarlos al cliente, y cobrar el precio en términos competitivos de mercado.
La existencia de la empresa y con ello el objeto de la Relación Laboral
entre las partes, depende de la eficiencia en el manejo de este ciclo, lo cual
es responsabilidad de todos los trabajadores, las trabajadoras, el sindicato y
la gerencia. Por ese importante motivo las partes se comprometen a mantener
dicha eficiencia competitivamente en el mercado y dirimir sus controversias
atendiendo a esta prioridad.
2.- Las partes reconocen la importancia de cooperar espontáneamente
tanto interna como externamente para el logro del fin antes planteado, razón
por la que se comprometen a optimizar sus relaciones interpersonales,
manteniendo una actitud de ayuda, cooperación, respeto y exigencia con clientes
y proveedores tanto internos como externos, para asegurar su logro bajo un
clima de confianza y honestidad.
3.- Las partes se comprometen a aportar su colaboración y ayuda, además
de los mecanismos necesarios para preservar el orden, la autodisciplina, la
moral y la autoridad de la organización, pues tienen conciencia que de ello
depende la existencia de ésta. Para este fin las partes conscientes de que las
relaciones derivadas del trabajo deben desarrollarse en un ambiente donde prive
la armonía de intereses y un franco y sincero espíritu de entendimiento,
acuerdan mantener una relación respetuosa, amplia y sincera como la única
vía para manejar situaciones que
pudieran derivarse de la relación individual y colectiva de trabajo, procurando
salvar las dificultades y equilibrar sus intereses dentro de los conceptos de equidad
y justicia.
Para poder hacer efectivo el presente acuerdo, el sindicato se
compromete a no alterar ni interrumpir las labores y operaciones de la empresa,
canalizando sus reclamos a través del siguiente procedimiento:
3.1.- El Trabajador o Trabajadora interesada podrá presentar el reclamo
a su supervisor inmediato, quien deberá canalizarlo e indicar su estatus en el
turno siguiente a más tardar. Este reclamo podrá efectuarlo el Trabajador o
Trabajadora con la asistencia de un miembro de la junta directiva del
sindicato.
3.2.- Si de la contestación dada por el supervisor inmediato no surgiese
una solución al problema planteado, el asunto será presentado por un miembro de
la junta directiva del sindicato ante el
jefe del supervisor inmediato, quien deberá contestarlo en un plazo no mayor de
dos (02) días.
3.3.- Si el problema no fuese resuelto en la instancia anterior, el
mismo será presentado por el Sindicato a la Gerencia de Recursos Humanos, para su
correspondiente análisis y contestación en un lapso no mayor de siete (07) días
continuos, quedando agotado los recursos
de conciliación en esta instancia y de no llegarse a un acuerdo en el caso
específico, las partes quedan en libertad de acudir ante los organismos
competentes.
3.4.- En los casos de reclamos o peticiones de carácter colectivo, el Sindicato
hará la correspondiente solicitud escrita a la Gerencia de Recursos Humanos para que durante un periodo máximo de siete
(7) días hábiles se realicen reuniones conciliatorias a fin de resolver los temas
planteados. De no resolverse totalmente los reclamos o peticiones planteadas,
se ampliara el lapso, prolongándose los mismos hasta por diez (10) días hábiles
máximo desde la primera reunión. De todas las reuniones se levantaran actas que
suscribirán los representantes de las partes, las cuales establecerán los
resultados y aplicaciones que se hayan convenido para la resolución del asunto.
Agotados los recursos de conciliación y de no llegarse a un acuerdo, las partes
quedan en libertad de acudir ante los organismos competentes.
CLÁUSULA 4. COMPROMISO CON EL
TRABAJO: Las partes reconocen la necesidad de requerir la
participación activa de los Trabajadores y las Trabajadoras en el desempeño de
sus actividades en sintonía con los valores de CAMERON VENEZOLANA S.A. que
caracterizan con la necesidad de que los Trabajadores y las Trabajadoras asuman
el compromiso durante la prestación efectiva de sus servicios para con la Empresa de:
1. Asistir
puntualmente al trabajo y demostrarle lealtad a la Empresa.
2. Desempeñar
las labores que le sean encomendadas con excelencia y con una actitud de
cooperación, coordinación y armonía.
3. Cumplir
con las normativas de la Empresa que le sean impartidas.
4. Participar
en los entrenamientos, cursos, pruebas y cualquier otro medio vinculado al
desarrollo del Trabajador o Trabajadora dentro de la jornada de trabajo
respectiva, para elevar su nivel de capacitación técnica en el trabajo en la
búsqueda de una mayor productividad en sus labores.
5. Adelantar
iniciativas tendientes al mejoramiento continuo de los procesos.
6. Velar
por la conservación de los equipos, maquinarias, instalaciones e implementos de
trabajo y de seguridad industrial.
7. Colaborar
mediante su participación en los programas de Higiene y Seguridad Industrial de
la Empresa y/o dar cumplimiento a las normativas de prevención en el trabajo.
8. Cooperar
con el uso racional de todos los recursos.
9. Mantener
el Orden y la Limpieza
en el sitio de Trabajo.
10. Acatar rigurosamente las instrucciones
relacionadas con el Aseguramiento de la Calidad y la eliminación del desperdicio.
11. Participar activamente en los programas de
Orden y Limpieza.
Mantener la confidencialidad respecto a la
información sobre las circunstancias propias de sus labores (sigilo
profesional).
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